Tres vías legales, tres usos distintos
Desde 2019 el cepo cambiario complicó el acceso al dólar oficial para personas físicas. Pero existen tres mecanismos completamente legales, regulados, y reportables a AFIP que permiten dolarizar pesos sin restricciones de monto.
1. Dólar MEP (Mercado Electrónico de Pagos)
Comprás un bono en pesos (típicamente AL30 o GD30) y lo vendés contra dólares. Los dólares quedan en tu cuenta bancaria en Argentina.
- Costo: 0,2% – 1% según broker.
- Tiempo: liquidación T+1 (un día hábil).
- Límite: sin tope (usuarios minoristas operan libremente).
- Restricción clave: el "parking" (24h) entre compra y venta del bono.
- Ideal para: ahorristas que quieren dolarizar excedentes en pesos.
2. Dólar CCL (Contado con Liquidación)
Mismo mecanismo que MEP, pero el bono se vende en el exterior y los dólares quedan en una cuenta tuya en otro país (típicamente USA).
- Costo: 0,5% – 1,5%.
- Tiempo: 2 a 5 días hábiles.
- Requisito: tener cuenta de inversión en el exterior (broker o banco).
- Ideal para: quienes quieren mantener dólares fuera de Argentina o invertir en mercados globales.
3. Cripto (USDT, USDC)
Comprás stablecoins en pesos, las pasás a una billetera tuya, las vendés por USD donde quieras.
- Costo: 1% – 3% (variable según exchange y volumen).
- Tiempo: minutos.
- Riesgo operativo: errores de wallet son irreversibles. Riesgo de exchange.
- Riesgo fiscal: AFIP requiere declarar tenencias y operaciones. Bienes Personales aplica.
- Ideal para: movimientos rápidos y entre fronteras. No como destino final si tenés alternativas.
Comparativa rápida
| Variable | MEP | CCL | Cripto |
|---|---|---|---|
| Costo total | ~0,5% | ~1% | ~2% |
| Velocidad | 1 día | 2 – 5 días | Minutos |
| Destino | Cuenta AR | Cuenta exterior | Billetera personal |
| Regulación | Alta (CNV) | Alta (CNV) | Media |
| Mejor para | Ahorrar en USD localmente | Invertir afuera | Mover plata rápido |
Lo fiscal: las tres son declarables
Cualquiera de las tres genera trazabilidad: el MEP/CCL queda en tu cuenta comitente regulada por CNV; las stablecoins quedan en exchanges que reportan a AFIP. La idea de que "cripto es invisible" es falsa. Las tres deben declararse en bienes personales y eventualmente en ganancias por la diferencia de cambio.
Para alguien que cobra USD desde el exterior, la planificación fiscal del flujo (cobrar → traer → dolarizar → invertir) es uno de los temas que más impacto tiene en el resultado final. Si querés revisar tu caso, agendá una sesión de diagnóstico.
Mi recomendación práctica
Si cobrás en USD desde el exterior y tu cliente no puede mandarte directamente afuera (caso típico), hacé MEP para los pesos y CCL para los excedentes que querés invertir globalmente. Cripto solo para movimientos puntuales: nunca como vehículo principal de patrimonio.
